Licenciatura en Ciencias Jurídicas
Descripción de la carrera
La carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas, ofrece al estudiante una formación académica que consta de tres áreas: área humanística y cultura general, científica- técnica y especializada.
- El área humanística y cultural: Le permitirá al estudiante adentrarse en el conocimiento de la naturaleza humana y de las diversas formas de pensamiento.
- El área científica y técnica: Es aquella que se fundamenta en el desarrollo científico profesional con las asignaturas siguientes: Introducción al estudio del Derecho, Derecho Romano, Historia de las Doctrinas Políticas, Criminología y Medicina Forense, entre otras.
- El área especializada: Comprende las asignaturas en la cuales se basa la teoría y práctica de la formación medular académica a que se refiere la carrera.
Perfil Profesional
El perfil del profesional de la Licenciatura en Ciencias Jurídicas que se formará, se distinguirá por el dominio de los conocimientos científicos técnico- jurídicos, habrá interiorizado las cualidades de personalidad fundamentales para que cumplan debidamente con su ejercicio profesional.
Por lo tanto, deberá ser un profesional que se distinga por poseer una ética sólida y robusta, también será creativo, ecuánime, honesto, equitativo, respetuoso y con alta sensibilidad social, espíritu de servicio, con serenidad, cordura en sus relaciones interpersonales, líder y responsable con las diferentes funciones que como profesional del Derecho le corresponde desempeñar, ya sea en las instituciones u organismos gubernamentales o en la empresa privada
Áreas de desempeño
El profesional de Ciencias Jurídicas está capacitado para desempeñar cargos y tareas como:
- Asesor de Oficinas Públicas y Privadas
- Optar a ser autorizado por la Corte Suprema de Justicia, para ejercer la Abogacía
Título a otorgar
Licenciado o Licenciada en Ciencias Jurídicas
Número de asignaturas
50 asignaturas
DuracIÓN
5 años (10 ciclos académicos) más seminario de graduación.
Número de unidades Valorativas
190 U.V.
